Vía libre a contratos con período de prueba de 1 año
En la reforma laboral, publicada en el B.O.E. del pasado 11 de febrero de 2012, se incluyó el “contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores”.
Entre las características de éste contrato, se destacó, la duración del periodo de prueba de un año, por tiempo indefinido y a jornada completa, formalizándose por escrito.
Este contrato fue llevado al alto Tribunal de la Unión Europea, con motivo de un litigio presentado por una trabajadora española que fue despedida con tres meses de prueba.
La respuesta del Tribunal de la UE, ha sido dar vía libre al mismo, basándose en el Tratado Fundacional de la UE, que “no impone ninguna obligación concreta por lo que respecta a los periodos de prueba en los contratos de trabajo”.
Tan sólo al respecto el abogado general del Tribunal de Luxemburgo, recomienda que se aumente la protección de los trabajadores con contrato temporal ante un caso de despido colectivo y que éstos sean incluidos dentro de un expediente de regulación de empleo cuando éste se produzca antes de que termine la duración de su contrato.