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Jul

Retorno al Empleo
Han sido publicadas en el Boletín Oficial de Canarias, las bases reguladoras del Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de personas desempleadas de larga duración, denominado “Retorno al Empleo”, con periodo de vigencia del 2017 al 2020.
Las empresas recibirán:
- Por contratos indefinidos: 5.500,00 € por contrato indefinido a jornada completa. En el caso de contratos indefinidos celebrados con mayores de 45 años en el momento de la contratación, la subvención se incrementará en 1.000,00 €.
- Por contratos temporales: 2.500,00 € por contrato temporal a jornada completa, con una duración mínima de 6 meses y se incrementará la subvención en 500,00 € por cada seis meses añadidos, hasta un máximo de 4.500,00 €, no teniéndose en cuenta fracciones de tiempo inferiores a 6 meses.
Requisitos para la Empresa:
- Es necesario que la empresa acredite, con carácter previo al abono de la misma, el nivel de plantilla media de la empresa en los tres meses inmediatamente anteriores a la contratación objeto de la subvención.
- La plantilla no podrá ser disminuida durante todo el periodo de permanencia del trabajador subvencionado.
- A fin de acreditar estos extremos, la empresa estará obligada a aportar, ante el SCE “Informe de plantilla media”.
Requisitos para los Desempleados:
- Personas demandantes de empleo de larga duración, y como tal, son las que figuran inscritas durante al menos 12 meses, continuados o no, dentro de un periodo de 18 meses ó 360 días en un periodo de 540 días.
- El desempleado, a fin de optar a la señalada subvención, debe tramitar ante el Servicio de Empleo la solicitud “Retorno al Empleo”, una vez concedida ésta, la empresa contratante puede ser beneficiaria de la referida subvención.
- El trabajador contratado no puede haber tenido una relación con la misma empresa, en los seis meses inmediatamente anteriores a la contratación objeto de subvención.