Línea ICO Sector Turístico Actividades conexas-COVID 19/Thomas Cook
Según RDL 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y tras publicarse resolución en el BOE por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, les informamos que se encuentran abierto los plazos para la solicitud de financiación para pymes y autónomos.
Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir son los siguientes:
Definiciones y finalidad Definición de pyme.
Se considerarán pymes aquellas empresas que reúnan esta condición de acuerdo con el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Definición de entidad financiera.
A los efectos de este Acuerdo, se entenderá que son entidades financieras las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pago.
Finalidad.
Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, la línea de avales tiene por objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
Línea ICO Sector Turístico Actividades conexas-COVID 19/Thomas Cook
Se encuentran abierto los plazos para la solicitud de financiación para pymes y autónomos, a través de la Línea ICO Sector Turístico Actividades conexas-COVID 19/Thomas Cook.
Se trata de préstamos hasta 4 años con uno de carencia, el tipo de interés estará sobre 1,5% fijo.
Esta línea ICO se ofrece a las empresas, que, por su CNAE, ha tenido que cerrar el tiempo que dure la alarma, con la intención de continuar posteriormente con la actividad.
La financiación tratará de cubrir 6 meses de costes de la empresa producida por el parón y la puesta en marcha, una vez levantado el estado de alarma.
Los importes aproximados (orientativos), ya que depende de la situación particular de cada uno, que solicitan las empresas en función a su tamaño suelen ser:
- Autónomos y Microempresas de 20.000€ a 40.000€
- Pymes con cifra de negocios de 1.000.000€ aproximadamente, sobre 100.000€ a 200.000€
- Resto hasta 500.000€
Para agilizar los trámites y la concesión de este ICO se recomienda que se solicite a la entidad financiera de la que son clientes habituales, ya que cuenta con el histórico de su evolución económica.
El protocolo que siguen las entidades financieras para la concesión de los ICO es el siguiente:
- INFORMACION DE SOCIOS. La mayor parte de las operaciones deberán llevar garantías adicionales, si no reales al menos de sus socios, por lo que se hace necesario conocer su calidad crediticia.
- ESTADOS FINANCIEROS 2018 y 2019. De cara a analizar la razonabilidad de la petición en cuanto al importe y para considerar la capacidad de pago del cliente en circunstancias normales.
- CUANTIFICACION DEL GASTO MENSUAL UNA VEZ CERRADO EL NEGOCIO O EN LA SITUACION DE MINIMOS EN QUE SE PUEDA ENCONTRAR. Se contrastará con los datos económico-financieros aportados.
- INFORMACION CUALITATIVA DEL NEGOCIO. Al menos saber a qué se dedica y su solvencia.
Se estudia muy bien que no se pida el ICO para paliar déficit anterior a la crisis del COVID-19.
Si informa también, que para las actividades no relacionadas en el listado y que se vean afectadas por un descenso en su facturación, podrán disponer de otras líneas ICO o de financiación, cuyo protocolo a seguir, para la concesión, será el mismo.
CNAE en las que se deben encontrar los clientes que quieran solicitar financiación a través de la Línea ICO Sector Turístico Actividades conexas -COVID 19/Thomas Cook.
Cód. CNAE200 – Título CNAE2009
493 – Otro transporte terrestre de pasajeros.
4931 – Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.
4932 – Transporte por taxi
4939 – Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
511 – Transporte aéreo de pasajeros.
5110 – Transporte aéreo de pasajeros.
5221 – Actividades anexas al transporte terrestre.
5222 – Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores
5223 – Actividades anexas al transporte aéreo
551 – Hoteles y alojamientos similares.
5510 – Hoteles y alojamientos similares.
552 – Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
5520 – Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
559 – Otros alojamientos.
5590 – Otros alojamientos.
56 – Servicios de comidas y bebidas.
561 – Restaurantes y puestos de comidas.
5610 – Restaurantes y puestos de comidas.
5621 – Provisión de comidas preparadas para eventos.
5629 – Otros servicios de comidas.
7711 – Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
7721 – Alquiler de artículos de ocio y deportes.
7911 – Actividades de las agencias de viajes.
7912 – Actividades de los operadores turísticos.
799 – Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
7990 – Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
855 – Otra educación.
91 – Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
9004 – Gestión de salas de espectáculos.
9102 – Actividades de museos.
9103 – Gestión de lugares y edificios históricos.
9321 – Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
9329 – Actividades recreativas y entretenimiento.