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La Justicia de Canarias ratifica su rechazo al toque de queda y al cierre perimetral

11 May

La Justicia de Canarias ratifica su rechazo al toque de queda y al cierre perimetral

Ratificación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de las medidas de restricción sugeridas por el Gobierno de Canarias tras el levantamiento del Estado de Alarma por el Gobierno de España

Como ya sabe, el pasado día 9 de mayo el Gobierno de España levantó el Estado de Alarma.

Como quiera que los efectos de la pandemia siguen presentes a nuestro alrededor, se hace inviable, según las Autoridades Sanitarias, dejar sin efecto las medidas de restricción que venimos sufriendo desde hace ya más de un año, pero al producirse el levantamiento de Estado de Alarma, el Gobierno ha delegado en las Comunidades Autónomas la aplicación de las necesarias medidas de restricción que deben seguir aplicándose en cada territorio, en función de la mayor o menor incidencia de la enfermedad, y en tanto en cuanto la población esté vacunada.

A estos efectos, y ante la necesidad de no incurrir de nuevo en nuevas olas de contagio, pero en la necesidad de que la economía vuelva a retomar un cauce “normal” de crecimiento, después de un año de sequía, el Gobierno de Canarias ha decidido “renovar” las medidas que todos ya conocemos y que básicamente difieren de una isla a otra por la Fase en la que cada territorio se encuentre.

Así las cosas, como quiera que ha sido el Gobierno quien ha delegado la normativa en cuanto a las restricciones a imponer, pero partiendo de la derogación del Estado de Alarma que de algún modo daba legitimidad a tales medidas, son las Comunidades Autónomas quienes tendrán que instar a los Juzgados superiores de cada territorio la SOLICITUD de tales medidas, a fin de que sea el poder judicial quien decida a estos efectos, como así ha ocurrido, de momento, en el caso de Canarias, quien ha promovido, a través de su Servicio Jurídico, la solicitud de ratificación de las medidas adoptadas por Acuerdo del Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 6 de mayo de 2021 (BOC número 93 de 7 de mayo), enviando a tal efecto un paquete de medidas a fin de que sean aprobadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, quien ayer se pronunció a través del Auto que acompañamos el presente, con el fin de que puedan leerlo en todo su contenido conociendo así los detalles…

Sin ánimo de ahorrarles la lectura del mismo, podemos RESUMIR el fallo de nuestro Tribunal superior en varios puntos a tener en cuenta:

Básicamente el Gobierno de Canarias propone las siguientes medidas:

  1. Limitación de la entrada y salida de personas en las islas que se encuentren en niveles de alerta 3 y 4.
  2. Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.
  3. Limitación del número máximo de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales, en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre.
  4. Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto.

Los detalles de cada una de los aspectos enumerados, habida cuenta los meses que llevamos conviviendo con estas “medidas”, ya las conocemos de sobra, sobre todo por el centro de atención que ha supuesto para todos, y hecha la petición al Tribunal a fin de que pueda continuarse con la aplicación de las medidas, finalmente la Sala se pronuncia y acuerda lo siguiente:

1º) DENEGAR la ratificación de las medidas 1, 2 y 4 (parcialmente) de las aprobadas por Acuerdo del Gobierno de Canarias de 6 mayo de 2021.

2º) RATIFICAR (y por tanto autorizar) la aplicación de las medidas enumeradas con el 3 y 4 (parcialmente)

Ello supone, de momento y salvo que el Gobierno de Canarias decida recurrir esta decisión judicial, que en adelante el Gobierno de Canarias podrá continuar estableciendo medidas restrictivas en los sectores de hostelería, reuniones de convivientes y no convivientes, etc., etc., pero desde luego no podrá prohibir la libre circulación de los ciudadanos después de una hora concreta como ha venido haciendo desde que en marzo del año pasado se decretara el Estado de Alarma…

Como quiera que, según nuestra experiencia en este último año, esto no será ni mucho menos algo DEFINITIVO, conforme tengamos más noticias al respecto, seguiremos informando.