Aprobado en el Congreso el nuevo sistema de cotización de los Autónomos
El Congreso de los Diputados ha convalidado el pasado jueves el Decreto del nuevo sistema de cotización por ingresos reales para autónomos, aprobado el pasado 26 de julio en el Consejo de Ministros, tras meses de negociación entre el Gobierno, los agentes sociales y los principales representantes de los trabajadores por cuenta propia y del que ya le hemos informando en circulares anteriores.
Según el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, esta reforma supondrá un sistema de cotización «más justo, flexible y equitativo» para los trabajadores por cuenta propia.
Según les hemos venido informando, a partir de enero del próximo año, será el Estado, de alguna manera, quien dictará la base de cotización a la Seguridad Social y no el propio autónomo, como hasta ahora, en tanto en cuanto su cotización y por tanto la cuota a pagar irá determinada por los ingresos que obtenga cada trabajador por cuenta propia.
Como ya informamos en su momento, el Consejo de Ministros aprobó a finales de julio el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, que contará con un periodo de transición de nueve años, hasta 2032, y comenzará a aplicarse a partir de enero de 2023, con 15 tramos de cuotas que irán desde los 230 euros hasta los 500 euros y variarán hasta 2025, en función de los rendimientos netos de los trabajadores por cuenta propia.
Los autónomos tendrán la posibilidad de cambiar de tramo cada dos meses, con un total de seis cambios al año, para adaptar su cotización a las previsiones de ingresos en cada época del año y de su actividad profesional.
La tarifa plana del actual RETA se integra también en el nuevo modelo, aunque pasará a llamarse cuota reducida para los autónomos que inicien su actividad y será de 80 euros al mes durante doce meses para todos los nuevos autónomos, frente a los 60 actuales.
Pasado ese periodo, esa cuota reducida solo se prorrogará para los autónomos que no hayan conseguido que sus rendimientos despeguen y sigan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el resto, se aplicará la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos.
Asimismo, el nuevo sistema de cotización por ingresos reales amplía las prestaciones para el colectivo, con la incorporación de los mecanismos RED sectoriales y cíclicos, y ya no será necesario el cierre total del negocio para acceder a las prestaciones, como ha apuntado el ministro.
Obviamente, estaremos pendientes del Reglamento que nos permita conocer los detalles de los que el Gobierno no ha hablado, y que son tan variados como variada es la casuística de los Autónomos (independientes, societarios, administradores, módulos, etc., etc.) así es que conforme vayamos teniendo noticias del Ejecutivo, les iremos poniendo al día en la asesoría de empresas y autónomos en Las Palmas Gallego y Asociados, como pretendemos siempre con nuestras circulares.