Incentivos, para la contratación de trabajadores, otorgados por el Cabildo de Gran Canaria para el año 2022
Acaba de abrirse el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de Incentivos Para la Contratación de Trabajadores (2022) del Cabildo de Gran Canaria, cuyo objetivo es la inserción laboral, de aquellas personas que estén desempleadas, y, procedan de colectivos con complicadas posibilidades de incorporación al mercado laboral.
Se podrán beneficiar de esta subvención, grosso modo, tanto autónomos, como sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, etc., que cuenten con capital íntegramente privado, debiendo estar legalmente constituida, y, que tengan centros de trabajo en Gran Canaria para contratar al personal que desempeñará sus funciones en esos centros. Todo ello, además del resto de requisitos asentados en las bases de la Convocatoria.
Las contrataciones deberán cumplir todos los requisitos que se exponen:
- La contratación deberá hacerse desde el 18 de octubre del presente, hasta el 31 de diciembre del corriente.
- El trabajador/a deberá prestar sus servicios en un centro de trabajo situado en Gran Canaria.
- En el momento de solicitar la subvención el contrato de trabajo deberá estar en vigor.
- Se abre el abanico a las modalidades contractuales, incluyéndose: los contratos indefinidos; los de formación en Alternancia, y los formativos para obtener práctica profesional.
- Deberán ser contratos a jornada completa.
En adición a lo anterior, las personas a contratar deberán cumplir con lo siguiente:
- Residir en Gran Canaria en el momento en que se suscriba el contrato de trabajo.
- Estar en situación de desempleo, como mínimo, durante el día anterior al alta en la Seguridad Social.
- No haber contado con un contrato de trabajo indefinido, en los seis meses inmediatamente anteriores a estas contrataciones, con la entidad beneficiaria, ni con ninguna que pertenezca al mismo grupo empresarial.
- La persona contratada deberá encontrarse en alguna de las situaciones siguiente:
a) inscrito como demandante de empleo por un periodo, a computar en el momento de su contratación, de mínimo 12 meses, ya sean continuados o no, dentro de un periodo de 18 meses o 360 días, en un periodo de 540;
b) Ser mujer;
c) Mayores de 45 años;
d) Menores de 30 años;
e) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 30%, reconocido por la Administración correspondiente.
Las cuantías a percibir variarán dependiendo de la modalidad contractual, incrementándose si la persona tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% (bases 5.2.4.) y, suponiendo un mayor aumento, si el centro de trabajo se sitúa en un municipio con menos de 10.000 habitantes, oscilando entre los 2.000,00€ y los 11.000,00€, debiendo estudiarse cada caso concreto.
Hay que añadir que, una mejora de las condiciones de la contratación, antes o después de la concesión, nunca dará lugar a un incremento del incentivo.
No olviden que, aquellas contrataciones por las que se perciba este tipo de subvenciones deberán mantenerse durante un periodo mínimo de 6 meses, y máximo de 12 meses, dependiendo de la modalidad contractual.
IMPORTANTE: SI TRAS LA LECTURA DE LA PRESENTE CIRCULAR ENTIENDE QUE PUEDE SER BENEFICIARIO DE ESTAS SUBVENCIONES, Y DESEA OBTENER MÁS INFORMACIÓN O LLEVARLAS A TRÁMITE, DEBERÁ PONERSE EN CONTACTO CON SU RESPONSABLE DE LA ASESORÍA LABORAL EN LAS PALMAS GALLEGO Y ASOCIADOS, PARA EL CASO DE QUE YA CUENTE CON TRABAJADORES EN PLANTILLA, O CON EL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE, SI ES LA PRIMERA VEZ QUE PROCEDE A CONTRATAR A PERSONAL.