Nueva cotización de Autónomos a partir de Enero de 2023
Si no tuvimos la suerte de contar con usted en las III Jornadas Informativas que celebramos el pasado 11 de Enero en el AC Hotel Iberia, le rogamos lea detenidamente esta circular, dado que intentamos explicarle en ella las nuevas normas de cotización que regirán para los Autónomos desde este mes de enero en adelante.
Ni que decir tiene que en los próximos días nos pondremos en contacto con nuestros clientes autónomos, si realmente estas nuevas normas le afectan, al margen de quedar a su entera disposición para aclararles cualquier duda, conscientes de que como nueva norma, llevará su tiempo adaptarnos.
Como ya hemos venido informando, el pasado 1 de enero entró en vigor este nuevo sistema de cotización para los Autónomos, después de haber sido aprobado en julio del pasado año. El nuevo modelo, que se pondrá en funcionamiento de forma progresiva a lo largo de los 3 próximos años, establece un sistema de 15 tramos que fija las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos que obtendrá el Autónomo durante el año.
Esos rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en el ejercicio de la actividad y aplicando sobre la cantidad resultante una deducción por gastos genéricos del 7%, o del 3% en el caso de los autónomos societarios.
Así las cosas, en función de estos rendimientos netos previstos para el año 2023 (que podemos determinar partiendo de la media de los obtenidos en el año 2022) su base de cotización estará comprendida entre los dos importes (mínimo y máximo) que se establecen en los diferentes tramos, lo que determinará la cuota mensual a pagar, que irá desde los 230 euros de mínima a los 500 de máxima durante el año 2023, aumentando ligeramente estos importes mínimo y máximo en los siguientes dos años y así sucesivamente hasta llegar así al año 2032, momento en que casi con toda probabilidad el Régimen de Autónomos desaparezca para integrarse totalmente en el Régimen General.
A efectos de lo que debemos o no debemos cotizar a partir del mes de enero, también podemos no hacer NADA, en cuyo caso podremos regularizar más adelante para el caso de que los importes por los que cotice no sean los que realmente corresponden, así es que no debe preocuparse de momento por los importes que cotice, ya que las posibles regularizaciones futuras no llevarán recargo alguno…
Del mismo modo, si cotizara usted por una cuota superior a la que realmente corresponde en virtud de sus rendimientos netos, la regularización también podrá producirse, pero en ese caso en lugar de pagar usted las diferencias, será la Seguridad Social quien proceda a devolverle el excedente, salvo que renuncie usted a ello, manteniendo así una base mayor, lo que sin duda no le vendrá mal en un futuro.
El nuevo sistema permitirá que el primer día de los meses de mayo, julio y septiembre se abrirán otros tres nuevos plazos para comunicar posibles cambios de tramos de cotización que entrarían en vigor en julio, septiembre y noviembre, respectivamente.
El 31 de octubre será el último día para comunicar actividades y, en su caso, participación en sociedades para los autónomos que estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2023.
El 1 de noviembre se abrirá el último plazo del año para comunicar cambios en la base de cotización, los cuales tendrían efecto ya en enero de 2024.
No obstante lo dicho, NO DEBE PREOCUPARSE POR EL CUMPLIMIENTO tanto de los plazos como de las cuotas a pagar y las posibles regularizaciones a las que deba o no ajustarse, ya que será la asesoría en Las Palmas Gallego y Asociados quien estará pendiente de estas cuestiones, manteniéndoles perfecta y puntualmente informados de cuanto vaya aconteciendo en este sentido.
Estas cuestiones ya fueron debatidas y comentadas en las III Jornadas Informativas que celebramos en el Hotel AC Iberia para nuestros clientes, pero si no pudo asistir por cualquier motivo, le recomendamos escuche las grabaciones de las mismas, que le hicimos llegar hace unos días.
Al margen de ello, como siempre quedamos a su entera disposición para aclararles cualquier duda sobre este nuevo sistema de cotización, si bien, como hemos dicho, le mantendremos totalmente al tanto de su nueva cotización antes de final del mes de enero, si bien debe tener muy presente que NO OBSERVARA CAMBIOS EN SUS CARGOS BANCARIOS POR LAS CUOTAS DEL SEGURO AUTONOMO HASTA MARZO DEL PRESENTE AÑO, dado que durante los dos primeros meses del año debemos ir facilitando los datos a la Tesorería de la Seguridad Social.