Hacienda ataca a las Indemnizaciones por Despido
Como ya sabe, hasta el momento, y tras un despido, el único requisito fundamental para dejar EXENTA DE TRIBUTACION la INDEMNIZACION que pagábamos al trabajador, era el previo cumplimiento del procedimiento de conciliación laboral, (SEMAC).
No obstante, tanto el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) como la Audiencia Nacional, han confirmado a través de sus resoluciones que, a pesar de que haya habido un acto de conciliación ante el órgano correspondiente, (SEMAC y JUZGADOS DE LO SOCIAL), éste no determina la naturaleza jurídica de la extinción de la relación laboral. Asimismo, confirma que se encuentra dentro del ámbito de las competencias de la Inspección Tributaria el realizar el análisis jurídico y determinar si se trata realmente de un despido resultante de una decisión unilateral de la empresa. Por este motivo, a pesar de que la conciliación es un proceso que debe llevarse a cabo, no es impedimento para demostrar que el despido ha sido ACORDADO por las partes.
Es por ello por lo que la Agencia Tributaria ha encontrado una nueva vía para engrosar las arcas públicas que recaerá una vez más en el contribuyente medio, en la medida en que afectará a los trabajadores que cobren una indemnización por despido.
El TEAC considera lógico que la Inspección determine que la extinción de la relación laboral ha sido pactada por la existencia de un conjunto de indicios. Como consecuencia de esta reciente interpretación, los motivos del despido del trabajador por parte de la empresa constituirán una prueba imprescindible para la determinación de la naturaleza jurídica del mismo, de ahí que se espere una ingente cantidad de inspecciones y comprobaciones que afectaría a un buen número de contribuyentes que vieron su indemnización exenta de IRPF durante los últimos 4 años.
Con la nueva interpretación, la inspección intentará dificultar la aplicación de la exención recabando indicios que acrediten la existencia de un pacto, hecho que supondrá un impedimento para el contribuyente y aumentará la recaudación, lo que nos obligará a mirar con lupa cada uno de los despidos que sobre algún trabajador de su empresa nos pueda plantear de aquí en adelante, en la medida en que los despidos tramitados tiempo atrás ya no podemos modificarlos…
Quedamos a su entera disposición en la asesoría en Las Palmas Gallego y Asociados para aclararles cualquier aspecto sobre el que pudiera quedarle alguna duda en este sentido.