Asesoría de empresas en Las Palmas

Situación de las empresas en el Área Laboral como consecuencia de la pandemia de COVID 19

13 Mar

Situación de las empresas en el Área Laboral como consecuencia de la pandemia de COVID 19

Ante esta situación grave e inesperada que nos ha sobrevenido a todos como consecuencia de lo que ya parece ser una pandemia de COVID19, al margen de la lógica serenidad que recomendamos, con el fin de evitar las situaciones de pánico de las que estamos siendo testigos a nuestro alrededor, a medio del presente queremos informarle sobre ciertos aspectos, con la sana intención de aclararle cuál es la situación a nivel empresarial en general y de empleo en particular.

Estamos recibiendo muchas llamadas de algunos de ustedes requiriendo nuestra intervención para solicitar ERTES (Expediente de regulación temporal de Empleo) pero tenemos que advertirles que, conforme a la normativa en vigor, y mientras que no se nos comunique por parte de la Administración central o autonómica algún cambio en esta materia, hoy por hoy los ERTES deben ser comunicados CON UNA ANTELACION MINIMA DE 15 DIAS A LA EFECTIVIDAD DE LA SUSPENSION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO, lo que implicaría que el personal afectado NO PODRA PASAR A LA SITUACION DE ERTE hasta dentro de 15 días desde que sea comunicado el mismo.

Por esta razón, y para aquellos casos en los que usted se vea imposibilitado de que su personal preste servicios en casa (teletrabajo) estamos sugiriendo que se proceda al DISFRUTE DE LAS VACACIONES DURANTE LOS PROXIMOS 15 DIAS.

Como quiera que una vez transcurridos estos 15 días de vacaciones, y para el caso de que probablemente la situación sea la misma o empeore, estamos proponiendo que comuniquemos a la Autoridad laboral un ERTE con aquellos trabajadores que usted nos indique (todos o una parte de ellos, según cada caso) y de este modo, tras finalizar ese período de vacaciones que indicamos, entraría en vigor el ERTE.

Obviamente, si la situación mejorara, en cualquier momento podemos SUSPENDER los efectos del ERTE y sus empleados afectados por el mismo podrían incorporarse a sus puestos de trabajo de inmediato.

Tengan en cuenta que, por muy imprevisible de la situación, no podemos ir en contra de la normativa en vigor, porque de lo contrario, los efectos serían perjudiciales para su empresa, de ahí que sólo podamos adoptar de momento estas medidas y en lo sucesivo, les mantendremos al tanto de posibles modificaciones instauradas por las Autoridades laborales.

Recuerde que debe ponerse en contacto con nosotros indicándonos qué trabajadores desea incluir en estos ERTES que de momento solicitaremos por períodos de 15 días, y que iremos interrumpiendo o prorrogando según vayan sucediéndose los acontecimientos y vayamos encontrándonos con nuevas normas.

Les rogamos mantener la calma y le suplicamos que comprenda que esta situación nos ha desbordado a todos y que aun poniendo todo de nuestra parte para intentar que todo esto les suponga el menor perjuicio económico posible, entienda que la avalancha de solicitudes que en un sentido y en otro van a encargarnos todos ustedes no podrán ser atendidas de inmediato, dado que es materialmente imposible que podamos hacerlo, de ahí que les pidamos disculpas por anticipado por todas las molestias que podamos causarles, que sin lugar a dudas escapan a nuestro alcance.

Información Laboral COVID 19

Ante la dramática y caótica situación que estamos viviendo, y dada la avalancha de llamadas que estamos recibiendo a nuestras oficinas, queremos, antes que nada, transmitirle la necesidad de contener la calma, en tanto en cuanto iremos informándoles de todo cuanto vaya sucediéndose a nivel fiscal y laboral en las empresas.

De momento, el Gobierno ha publicado un Real Decreto con carácter URGENTE, pero sólo se nos dice que SE ADOPTARAN (en un futuro inminente) las medidas necesarias para paliar esta situación de pánico colectivo que está suponiendo la ya considerada pandemia del COVID 19.

Se nos comunica en dicho Real Decreto que se adoptarán medidas para fraccionar los impuestos, pero se nos da un detalle de qué impuestos se podrán aplazar y aunque entendemos que se refieren a los del próximo trimestre, no se nos especifica ni concreta. Por otro lado, el Presidente Sánchez anunciaba ayer que se podrían fraccionar SIN intereses, pero el Real Decreto habla de aplicar intereses bajos, pero de momento sin concretar.

En cuanto a las relaciones laborales, queremos puntualizar, además de lo ya expuesto en la circular urgente remitida hoy, los siguientes aspectos, por si se diera el caso en sus empresas:

  • Si un trabajador no asiste a su puesto de trabajo deberá JUSTIFICAR, como siempre, su ausencia. Mientras que no la justifique (parte de baja médica, etc.) se considerarán, hoy por hoy como FALTAS INJUSTIFICADAS y por lo tanto no causarán derecho a salario.
  • Si algún trabajador no asiste por estar en una zona de aislamiento, su ausencia del trabajo estaría justificada, pero partimos de la base de que sería considerado un PERMISO NO RETRIBUIDO, salvo que más adelante (de momento no) la Seguridad Social lo considere una INCAPACIDAD TEMPORAL (enfermedad común).
  • La ausencia por cuidado de hijos se considera justificada, pero en este caso sería también NO RETRIBUIDA, en cuanto que realmente no se da el caso de hijos enfermos, salvo que efectivamente estén diagnosticados por un médico de manera oficial.

Mientras que no dispongamos de NORMATIVA ESPECIFICA sobre este asunto, me temo que no podemos darles más información de la que ya hemos facilitado. Entienda, en este sentido, que no podemos informar de aquello sobre lo que la Administración no se ha pronunciado, pero no le quede la menor duda de que hacemos todos los esfuerzos posibles para mantenerle al tanto y para defender sus derechos como empresarios…

Seguiremos informándole a medida que vayamos obteniendo información de los distintos Organismos públicos, no sin antes insistir en guardar la calma en la medida de lo posible y enviarles un afectuoso saludo, además de quedar a su entera disposición para ayudarles en lo que esté en nuestra mano en la asesoría en Las Palmas Gallego y Asociados.