Imposibilidad de fraccionamiento en el pago de las retenciones IRPF
Con carácter general, la Agencia Tributaria nos anuncia la imposibilidad de fraccionamiento en el pago de las retenciones, tanto de los rendimientos del trabajo del personal (I.R.P.F.) como de los rendimientos de capital inmobiliario (por arrendamientos de locales de negocio). Esta prohibición se aplicará desde enero de este año, lo que significa que, al menos en teoría, no podríamos aplazar las retenciones correspondientes al cuarto trimestre del 2013, a través de los modelos 111, 115 y 123, con todo lo que ello supone.
Lamentamos esta noticia, como antas otras, testigos una vez más de la estricta conducta recaudatoria de Hacienda, pero le advertimos que el mero intento de una solicitud de fraccionamiento, a sabiendas de que nos va a venir rechazada, supondría el establecimiento de sanciones por parte de la AEAT, lo que sin duda pretendemos evitar a toda costa.