Plan de empresa contra el acoso laboral
El pasado mes de Marzo ya le informábamos en una de nuestras circulares sobre el Real Decreto-Ley 6/2019, para la garantía de la igualdad entre mujeres y hombres, que establece la obligación para empresas de cincuenta o más trabajadores, de elaborar y aplicar un plan de igualdad que promueva la paridad en cuanto a la retribución, promoción o presencia femenina en puestos directivos, en función de su tamaño.
Del mismo modo que la Ley de Igualdad y por ende, la normativa laboral exige la elaboración de esos planes de igualdad SOLO PARA EMPRESAS DE MAS DE 50 TRABAJADORES, habla también, en su art. 48, de la obligación de implantar en las empresas un PLAN DE ACCION CONTRA EL ACOSO LABORAL, pero en este sentido, la implantación de estos planes no será de exclusiva obligación para aquellas empresas con una plantilla determinada, sino PARA TODAS LAS EMPRESAS con trabajadores contratados, con independencia del sexo de los mismos.
A diferencia de los planes de igualdad, los de prevención del Acoso laboral no deberían suponer un coste adicional para usted, ya que por las averiguaciones que este despacho ha realizado, es un servicio que le ofrecerá la empresa de PREVENCION DE RIESGOS DE ACCIDENTE DE TRABAJO quienes se encargarán de su elaboración SIN COSTE ADICIONAL PARA SU EMPRESA.
Por esta razón, le hacemos llegar esta circular informativa no sólo con el objeto, como siempre, de mantenerle al tanto de las novedades legislativas que pudieran afectarle como empresario, sino para advertirles de la necesidad de contar con este riesgo cubierto (evitando así sanciones de la Inspección de Trabajo por no disponer de ello).
Les sugerimos para ello, que comuniquen a la empresa de PREVENCION DE RIESGOS DE ACCIDENTES DE TRABAJO, cuyos servicios de prevención hayan sido contratados por su empresa, a fin de que sean ellos quienes se encarguen de elaborar el mencionado Plan, disponiendo así de él en su empresa y cumpliendo de este modo con lo establecido legalmente, evitando de este modo sanciones indeseadas, a la par que dar una imagen a su empresa de adaptación a la normativa vigente en materia de igualdad, dando con ello una mejor imagen de cara al mercado de trabajo y a sus propios empleados.
Esperamos haberle transmitido la información del modo más ameno y conciso posible, y que la misma le sea de utilidad, si bien, les insistimos en la importancia de cumplir con lo indicado, a fin de evitar las consecuencias correspondientes y quedamos, como siempre, a su entera disposición en la asesoría Gallego y Asociados para aclararles cualquier duda al respecto.